24 octubre 2007

El Parlamento Europeo pide que se prohíba fumar en los lugares de trabajo cerrados y parques infantiles de la UE

Salud pública - 24-10-2007 - 15:15
La Eurocámara quiere reducir el consumo de tabaco en la UE
El PE dio el visto bueno hoy a un informe que propone reducir el consumo de tabaco en la UE. Los diputados emplazan a los Estados a que, en dos años, prohíban fumar en todos los lugares de trabajo cerrados, los medios de transporte públicos cerrados y los parques infantiles públicos. El informe también pide medidas adicionales para toda la UE, como prohibir el uso del tabaco en el transporte privado en presencia de menores y la venta de tabaco a jóvenes con menos de 18 años.
El informe, aprobado por 561 votos a favor, 63 en contra y 36 abstenciones, recuerda que en la UE fallecen anualmente 650.000 personas debido a la práctica de fumar y 80.000 como consecuencia del tabaquismo pasivo. Además, el 86% de los ciudadanos de la UE está a favor de la prohibición de fumar en el lugar de trabajo, el 84% en otros lugares públicos, el 77% en restaurantes y el 61% en bares y tabernas. Es destacable el hecho de que casi el 70% de los europeos son no fumadores, el 27% fuma cigarrillos y el 1% fuma puros o en pipa (considerandos B, F, T y enmienda 9). Los diputados están a favor en líneas generales del Libro Verde de la Comisión Europea (CE) "Hacia una Europa sin humo de tabaco: opciones políticas a escala de la UE", pero subrayan que es sólo un punto de partida para una política europea responsable de protección de los ciudadanos contra el humo de tabaco (párrafo 1). La Eurocámara insta a los Estados miembros a que, en el plazo de dos años, establezcan la prohibición absoluta de fumar en todos los lugares de trabajo cerrados, incluidos los locales de restauración, así como en todos los edificios y medios de transporte públicos cerrados de la UE (párrafo 8). Además, pide a la CE que, en caso de que no se cumplan estos objetivos, presente una propuesta legislativa antes de 2011 sobre la protección de los no fumadores en el marco de la protección laboral, en la que también se reconozcan las normas nacionales (enmienda 3). El Pleno del PE aprobó hoy una enmienda (12) en la que se exhorta a los Estados a que también prohíban fumar en parques infantiles públicos en el plazo de dos años. El Parlamento aboga por la inclusión obligatoria de "una nueva serie de advertencias de mayor tamaño y que llamen más la atención" en todos los productos de tabaco vendidos en la UE. Además, considera que todos estos avisos deberían incluir direcciones de contacto claras para ayudar a los fumadores a dejar de fumar (párrafo 16). Además, hoy se aprobó una enmienda (7) en la que se recomienda a la CE que aborde la relación entre el consumo de tabaco y la ceguera, ya que recientes estudios científicos han encontrado pruebas "firmes y consistentes" de que el consumo del tabaco produce pérdida de visión. Medidas adicionales Además de revisar las normas vigentes, el Pleno del PE insta a la CE a que examine la posibilidad de introducir nuevas propuestas legislativas. Entre otras cosas, Florenz propone:
prohibir en toda la UE el uso del tabaco en el transporte privado en presencia de menores
prohibir, a escala de la UE, la venta de productos del tabaco a jóvenes menores de 18 años
conceder autorización para instalar máquinas expendedoras de cigarrillos, sólo cuando éstas sean inaccesibles a menores
retirar los productos del tabaco de las estanterías de autoservicio en los comercios
impedir la venta a distancia (por ejemplo a través de Internet) de productos del tabaco a jóvenes animar a los Estados miembros a introducir un impuesto sobre todos los productos del tabaco que no se vea afectado por la inflación (párrafo 11 y enmienda 8).Los diputados también proponen que se revise la directiva "Productos del tabaco" y que se prohíban de forma inmediata los aditivos que fomentan la adicción o que son "carcinógenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción en sí o en caso de pirólisis". La Cámara exige asimismo que los productores sean los responsables de la financiación de todos los costes sanitarios que surjan como consecuencia del consumo de tabaco (párrafo 10). En línea con lo anterior, se considera necesario eliminar la obligación de imprimir en las cajetillas de cigarrillos los contenidos de alquitrán, nicotina y monóxido de carbono, "lo que en la actualidad brinda a los fumadores una base comparativa equivocada" (párrafo 15). ¿Tabaco en el PE? No, gracias El informe aprobado "deplora la falta de consideración demostrada por algunos diputados al Parlamento Europeo y por algunos funcionarios de la institución" al no respetar la prohibición vigente y fumar en las escaleras o en el bar de diputados en Estrasburgo. Además, se insta a la Mesa a que establezca una "prohibición de fumar en todos los espacios del PE sin excepción con efecto inmediato". Esta prohibición se debe aplicar "rigurosamente" (párrafos 27 y 28). Situación en España En España, la conocida como "ley antitabaco" del 26 de diciembre de 2005 establece la prohibición total de fumar, entre otros, en los centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre; en las dependencias de las Administraciones públicas; los establecimientos sanitarios; los centros docentes; los bares, restaurantes y demás establecimientos de hostelería y restauración cerrados; los aeropuertos y las estaciones de transporte. En los hoteles, bares y restaurantes, así como en los aeropuertos y estaciones de transporte, pueden habilitarse zonas de fumadores que deben estar visiblemente señalizadas y separadas físicamente del resto de las dependencias, y no ser zonas de paso obligado para las personas no fumadoras. Además, deben disponer de sistemas de ventilación independiente que permitan garantizar la eliminación de humos. La ley prevé que, en todo caso, la superficie de estas áreas debe ser inferior al 10% de la total destinada a clientes del centro. En los bares y pubs de al menos 100 metros cuadrados se puede destinar, como máximo, el 30% de las zonas comunes para las personas fumadoras. En caso de que tengan una superficie inferior a 100 metros cuadrados, los propietarios son los que deciden si permiten fumar o no. En ningún caso, el conjunto de las zonas habilitadas para fumadores puede tener una superficie superior a 300 metros cuadrados. La ley antitabaco también regula la venta de tabaco, que sólo podrá llevarse a cabo en los estancos y a través de máquinas expendedoras situadas en los establecimientos autorizados. La ley vigente prohíbe además la venta de tabaco a menores de 18 años. Asimismo, no se permite la venta de cigarrillos sueltos o en cajetillas de menos de 20 unidades.

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